¿Cómo puede un hombre declararse mujer en España?

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Se viene produciendo un debate social sobre la problemática de que un hombre pueda ser considerado legalmente mujer y el Estado lo avale con la mera manifestación de su deseo . La Proposición de Ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género ha sido ampliamente criticada porque otorga el privilegio a cualquier hombre (violentos también) de declararse mujer únicamente a través  de la manifestación de su voluntad (Artículo 5.3 Derecho a la autodeterminación).

Con este intento de legislar la irrealidad, de que los seres humanos pueden cambiar su sexo, se pretenden eliminar los actuales requisitos que ya permiten que un hombre pueda ser considerado mujer a los ojos de la ley. Las feministas decimos que de ninguna manera eso puede pasar, primero porque no estamos ante  una falacia y segundo por las consecuencias derivadas que colisionan, entre otros,  con los derechos vinculados a la seguridad de las mujeres. (prisionesvestuarios/espacios reservados a mujeresdeportesLeyes de Igualdad y Violencia de Género). Hay un sector de la sociedad que no puede o no quiere reconocer esta situación  y que pretende  en aras al respeto de las decisiones individuales, poner en riesgo esos derechos sobre la base de salvaguardar  a la categoría de hombres que hayan pasado por el proceso de cirugía de reasignación de sexo.

Mientras prosiguen los debates sobre el sexo de los ángeles, o de los hombres en este caso, la realidad lleva desde año 2007 siendo otra muy diferente, que es la que está regida por la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.

En el Artículo 4 se establecen los requisitos para acordar la rectificación, que son los siguientes:

  1. Acreditar:
  2. a) Diagnóstico de la disforia de género por profesional de la medicina o psicología y
  3. b) Disforia tratada durante 2 años.
  4. No será necesario que la persona haya pasado por cirugía de reasignación sexual. Y el tratamiento médico al que se refiere el punto anterior (los 2 años de tratamiento para la disforia), no serán necesarios cuando concurran razones de salud o edad.

Para la modificación registral del SEXO, en España ya  no se requiere cirugía de reasignación, y el requisito del tratamiento durante dos años es eludible. Por tanto, el único requisito inevitable es un informe médico.

En España, cualquier varon puede acudir a una consulta médica, decir que “se siente” mujer y que por salud no quiere hormonarse ni pasar por cirugía. Pasará después al Registro Civil y podrá cambiar su sexo legal, aun manteniendo su genitalidad masculina. A partir de ahí tiene el privilegio de acceder a todos los espacios de seguridad que las mujeres hemos logrado tras arduos esfuerzos. A las que no nos guste o nos sintamos incómodas, ya sabemos dónde está la puerta, con lo que se vuelve a excluir a las mujeres, expulsándonos de nuestros propios espacios, que nos corresponden por derecho y que tantos años de lucha feminista nos costó conseguir. Eso cuando una tiene la opción de irse, no como las presas en Canadá o Reino Unido, que a día de hoy están conviviendo con condenados por agresión sexual, o las mujeres de los refugios que también son forzadas a compartir espacios con varones que las acosan sexualmente.

Desde Mujeres por la Abolición hacemos un llamamiento a todas las organizaciones feministas para aunar esfuerzos en la lucha contra la usurpación patriarcal de lo que significa ser mujer. Llamamos a todas las mujeres feministas a defender que ser mujer no es un sentimiento de hombre, que nuestra existencia es propia, y que ninguna cirugía ni estética, convierte a un hombre en mujer. Exigimos también al Gobierno de España que derogue la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, porque las leyes no se crean para describir fantasías ni sentimientos, las leyes son instrumentos que organizan una sociedad de manera justa, y no otorgando privilegios a costa de los derechos de las mujeres. Recordamos también al Gobierno que la Constitución Española en su artículo 14 establece garantías para la no discriminación por sexo, y privar a las mujeres de espacios reservados a nuestro sexo, es discriminatorio.